sábado, 26 de julio de 2014

Una aproximación al Derecho Internacional Humanitario

Como lo prometí en mi post anterior, voy a escribir sobre el derecho internacional humanitario (DIH), como siempre, de forma sencilla para que todos entiendan de qué se trata. Espero que los eruditos en el tema no se rasguen las vestiduras por no profundizar en la filosofía de la cuestión o en detalles que consideran de relevancia jurídica o histórica, pues lo que pretendo, simplemente, es dar luces a quienes no conocen el tema, o tienen dudas o confusiones sobre el asunto.




Para comenzar es preciso tener como cierto que la guerra siempre ha existido en la humanidad, desde la antigüedad hasta nuestros días, sin embargo, ha existido también, paulatinamente, la preocupación internacional por limitarla. Digo paulatinamente porque esto no se ha dado de tajo, es decir, no sucedió que un día la guerra era libre sin límites y al día siguiente se limitó, sino que fue un proceso.

En la antigua Roma (753 AC - 476 DC), cuando se iba a tomar alguna ciudad se ordenaba matar a todo el que se atraviese en el camino, sin importar que fueran niños, ancianos o mujeres. Sin embargo, textos como el Mahabarata, la Biblia o el Corán, traen normas de la guerra, tales como el respeto del adversario. Un texto importante es el Viqayet (España, 1280), que plasmó importantes normas para humanizar la guerra, tales como la prohibición de matar a mujeres, niños, ancianos, dementes y prohibía matar a los vencidos y envenenar flechas y fuentes de agua. También Francisco de Vitoria (1536) se interrogó sobre si la guerra entre aborígenes y españoles era justa. Mas adelante, en el denominado “siglo de las luces” (siglo 18), pensadores como Rousseou y Von Martens, hablaron de la humanización que debía darse a la guerra, así como también, de la utilización en los conflictos bélicos del derecho de gentes, los principios de humanidad y la conciencia pública.

Pero los inicios mas claros del Derecho Internacional Humanitario (DIH) se dieron con la actuación de personas como Henry Dunant y Guillaume-Henri Dufour, quienes en la batalla de Solferino (Lombardía, 1859) en donde se enfrentaban franceses y austríacos, empezaron a prestar ayuda a los soldados heridos. Por los esfuerzos de Dunant, el gobierno Suizo decidió convocar la denominada Conferencia Internacional de Ginebra, en donde se creó el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y se adoptó el Convenio de Ginebra el 22 de agosto de 1864, para mejorar las condiciones de los militares heridos en combate. Posteriormente se adoptaron diferentes instrumentos como la Declaración de San Petesburgo sobre el uso de algunos proyectiles (1968) y los Convenios de la Haya sobre guerra terrestre y marítima (1899).

En la primera guerra mundial (1914-1918) se aplicaron métodos de guerra atroces como gases, bombardeos aéreos, toma de prisioneros de guerra, entre otros, que obligaron a que se realizara el Protocolo de Ginebra de 1925 que prohibió el empleo de gases asfixiantes, tóxicos o similares y de medios bacteriológicos. En 1929 se profirieron los Convenios de Ginebra sobre el trato de los prisioneros de guerra.

No obstante lo anterior, en la Segunda Guerra mundial (1939-1945), ocurrió lo mismo pero en mayor medida. Es necesario resaltar, que en la primera guerra mundial falleció un civil por cada diez militares y que en la segunda guerra mundial, las muertes de civiles se desbordaron y fallecieron la misma cantidad de civiles y de militares. Este grave hecho y la terrible persecución de que fueron víctimas los civiles, hizo que la comunidad internacional aprobara los Cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y sus dos protocolos adicionales de 1977, que se constituyen hasta la actualidad como las principales normas del Derecho Internacional Humanitario (DIH).

Se puede decir que el Derecho Internacional Humanitario (DIH) es un conjunto de normas, que se aplican en los conflictos armados internacionales (entre dos o mas países) o no internacionales (conflictos internos entre el estado y fuerzas disidentes del estado), cuya finalidad es limitar, por razones humanitarias, los métodos y medios utilizados en la guerra y proteger a determinadas personas (soldados heridos o fuera de combate por rendición, náufragos, civiles, personal médico, personal religioso, periodistas) y a determinados bienes (hospitales, ambulancias, escuelas, iglesias, acueductos, bienes culturales, entre otros).

El Derecho Internacional Humanitario (DIH), se fundamenta en tres principios básicos: el principio de distinción, el principio de limitación y el principio de trato humano, que son muy fáciles de comprender.

El principio de distinción señala que en una guerra, se deben diferenciar los combatientes de los no combatientes, así también, los bienes civiles de los bienes militares. En este contexto, los ataques bélicos únicamente se pueden realizar frente a objetivos militares (soldados en combate, tanques de guerra, sitios donde se encuentren las armas del enemigo). En consecuencia, no se pueden dirigir ataques frente a los no combatientes (civiles, heridos fuera de combate, periodistas) o frente a bienes civiles y bienes protegidos por el DIH (escuelas, hospitales,  lugares de culto).

El principio de limitación señala que las partes en conflicto no son libres para utilizar los medios (armas) y métodos (tácticas y estrategias) de guerra que deseen o los que consideren pueden llevarlos a la victoria, pues esto está limitado por el principio de proporcionalidad y por acuerdos internacionales. Así, están prohibidas las armas que causen males innecesarios (municiones en racimo, armas biológicas) o de efecto indiscriminado (minas antipersonales, cilindros de gas, armas químicas o nucleares), dar órdenes en el sentido que no queden sobrevivientes, envenenar fuentes hídricas, o hacer padecer hambre a la población civil.

El principio del trato humano se refiere a que toda persona tiene derecho al respeto de la vida, la integridad física, mental y moral y a las garantías judiciales. Por esta razón está prohibido: (i) atentar contra la vida, dignidad, integridad y honor de las personas protegidas por el DIH (civiles, militares fuera de combate, periodistas, personal médico y religioso), (ii) la tortura física o mental, los castigos corporales, los tratos crueles o degradantes, las mutilaciones, los experimentos médicos, la prostitución forzada y toda forma de atentado contra el pudor sexual, (iii) la toma de rehenes, y (iv) el desplazamiento forzado de la población.

Por este principio del trato humano se debe asistir a los heridos y enfermos, respetar las garantías judiciales de quienes se encuentren privados de su libertad, sus costumbres y creencias y se debe permitir la comunicación con sus familiares.

En cada estado se han incorporado en las legislaciones penales y disciplinarias las normas del DIH y corresponde a los jueces de cada país investigar y juzgar las violaciones al Derecho Internacional Humanitario y en últimas, a la Corte Penal Internacional cuando se cometan crímenes de guerra (violaciones al DIH), pero eso será tema de otro post. 

Aquí les dejo un video interesante y muy didáctico sobre el tema.



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